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Decreto 173: Los alcances de las nuevas excepciones al aislamiento

Esta mañana se firmó el DECRETO Nº 173/2020. Por el mismo, a partir de lo decretado por el Presidente, se habilitan excepciones en Suipacha para varias actividades.

Los exceptuados ahora son los establecimientos de cobranza e impuestos / Oficinas de Rentas / Actividad registral nacional y provincial / Atención médica odontológica / Laboratorios de análisis clínicos y diagnóstico por imágenes / Venta online o telefónica con entrega a domicilio de Calzados, Indumentaria, Perfumería e higiene personal, telefonía, bazar, mueblerías, matafuegos, imprenta, lubricentro.

Es importante destacar que todas las excepciones podrían ser revocadas en el futuro de acuerdo al avance de la pandemia, por lo que se vuelve fundamental que todos estemos de acuerdo en cuidarnos al máximo.

En todos los casos, podrán comenzar a trabajar siguiendo estrictos protocolos desarrollados específicamente para cada actividad. Dichos protocolos son los que describimos a continuación, detallando una a una las actividades y el modo en el que deberán manejarse.

ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE COBRANZA DE SERVICIOS E IMPUESTOS.

-No pueden entrar más de dos personas al local

-El personal deberá: Usar tapaboca y guantes, higienizarse constantemente con alcohol en gel, diluido al 70%, o realizar lavado de manos frecuente con jabón

-La fila de espera fuera del local debe mantener la distancia recomendada de 1.5 metros.

-Si el local cuenta con más de un espacio de atención, la distancia del personal afectado debe ser de 1.5 metros.

-Extremar las medidas de higiene y desinfección del local.

-Se hará respetar el organigrama de atención relacionado con la terminación de números de documentos por días de semana.

-Podrán atender de lunes a lunes entre las 8.00 y las 15.00

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

OFICINAS DE RENTAS DE LAS PROVINCIAS, DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y DE LOS MUNICIPIOS

-Atenderán con sistemas de turnos y guardias mínimas.

- En el caso de RENTAS provincial los horarios de atención serán los estipulados por ellos.

-Ingreso de a dos personas

-El personal deberá: Usar tapaboca y guantes, higienizarse constantemente con alcohol en gel, diluido al 70%, o realizar lavado de manos frecuente con jabón

-La fila de espera fuera del local debe mantener la distancia recomendada de 1.5 metros. -Si el local cuenta con más de un espacio de atención, la distancia del personal afectado debe ser de 1.5 metros.

-Si el local cuenta con más de un espacio de atención, la distancia del personal afectado debe ser de 1.5 metros.

-Extremar las medidas de higiene y desinfección del local.

- RENTAS municipales podrá atender de lunes a viernes entre las 8.30 a las 11.30, con guardias mínimas de personal.

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

ACTIVIDAD REGISTRAL NACIONAL Y PROVINCIAL, CON SISTEMA DE TURNOS Y GUARDIAS MÍNIMAS.

-En el caso de la actividad que se desarrolle en edificios propios, los horarios serán los estipulados por ellos.

-Ingreso de a dos personas

-El personal deberá: Usar tapaboca y guantes, higienizarse constantemente con alcohol en gel, diluido al 70%, o realizar lavado de manos frecuente con jabón

-La fila de espera fuera del local debe mantener la distancia recomendada de 1.5 metros. -Si el local cuenta con más de un espacio de atención, la distancia del personal afectado debe ser de 1.5 metros.

-Si el local cuenta con más de un espacio de atención, la distancia del personal afectado debe ser de 1.5 metros.

-Extremar las medidas de higiene y desinfección del local.

-Las que se realizan en el edificio municipal podrán atender de lunes a viernes de 8.30 a las 11.30

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

COMERCIOS MINORISTAS

-Se habilita la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

-Se permitirán los siguientes rubros: calzados, indumentaria, perfumería e higiene personal, telefonía, bazar, mueblerías, matafuegos, imprenta, lubricentro.

-Podrán trabajar dentro del siguiente rango: De lunes a viernes desde las 8.00 hasta las 18.00

Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar y a su vez, ser autorizados por la Municipalidad mediante el formulario adjunto en la descripción (También pueden encontrarlo en la página de la Secretaría de Producción de Suipacha.

ATENCIÓN MÉDICA Y ODONTOLÓGICA PROGRAMADA, DE CARÁCTER PREVENTIVO Y SEGUIMIENTO DE ENFERMEDADES CRÓNICAS

-Se habilita el sistema de atención con turno previo

-El profesional correspondiente deberá usar tapaboca, guantes, y protector visual.

-Uso de alcohol en gel, diluido al 70%, o lavado de manos frecuente con jabón.

-Podrán atender de lunes a viernes entre las 8.00 y las 18.00

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS Y CENTROS DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN

-Se habilita la atención con turno Previo.

-El profesional correspondiente deberá usar tapaboca, guantes, y protector visual.

-Uso de alcohol en gel, diluido al 70%, o lavado de manos frecuente con jabón

-Podrán trabajar en el rango horario de atención que va de lunes a viernes entre las 8.00 a las 18.00

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

ÓPTICAS

-Se habilita el sistema de atención con turno previo.

-El profesional correspondiente deberá usar tapaboca, guantes, y protector visual.

-Uso de alcohol en gel, diluido al 70%, o lavado de manos frecuente con jabón

-Podrán atender de lunes a viernes entre las 8.00 y las 18.00

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

PERITOS Y LIQUIDADORES DE SINIESTROS

-Se habilita la actividad de Peritos Liquidadores de Siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias.

-En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

-El profesional correspondiente deberá usar tapaboca

-Podrán trabajar de lunes a viernes entre las 8.00 y las 18.00

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar

ESTABLECIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

-Se permitirá el ingreso de a una persona por vez.

-El personal correspondiente deberá usar tapaboca.

-Uso de alcohol en gel, diluido al 70%, o lavado de manos frecuente con jabón

-La distancia del personal afectado dentro del local debe ser de 1.5 metros.

-Extremar las medidas de higiene y desinfección del local.

-El rango horario de la actividad es de lunes a viernes entre las 8 y las 18 horas con asignación de turnos previos.

-Deberán tramitar el certificado habilitante para Circulación Covid-19 en www.tramitesadistancia.gob.ar